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Legalización de aire comprimido y aparatos a presión

Tramitamos íntegramente la legalización de su instalación de aire comprimido conforme al Real Decreto 809/2021 y sus Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC EP-1 a EP-6) ante la Consejería de Industria del Principado de Asturias.

¿Qué legaliza el RD 809/2021?

El Real Decreto 809/2021 aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias. Sustituye al RD 2060/2008 y al RD 769/1999 y unifica los requisitos para instalación, puesta en servicio, inspecciones periódicas y reparaciones de aparatos a presión, entre ellos los depósitos y compresores de aire comprimido.

¿Qué instalaciones están afectadas?

  • Compresores y depósitos cuyo producto presión × volumen (PS·V) supere 50 bar·litro.
  • Salas de compresores con un volumen total acumulado por encima de los umbrales de la ITC EP-1.
  • Aparatos a presión categorías I, II, III y IV según directiva 2014/68/UE.
  • Modificaciones, sustituciones y ampliaciones de instalaciones ya legalizadas.

Tramitación completa que ofrecemos

  • Memoria técnica descriptiva: redactada por técnico competente conforme a las exigencias de la ITC aplicable.
  • Esquemas y planos: implantación de sala, P&ID de la instalación, ubicación de válvulas de seguridad y elementos de control.
  • Cálculo de seguridades: dimensionado de válvulas de seguridad según ASME/ISO 4126 y verificación de tarado.
  • Certificados de fabricante: recopilación de declaraciones CE de conformidad, manuales y documentación del equipo (compresor, depósito, secador, válvulas).
  • Tramitación electrónica: registro de la instalación ante la Consejería de Industria del Principado de Asturias.
  • Libro de aparato: apertura y entrega del libro físico/electrónico para registro de inspecciones y reparaciones.
  • Coordinación con Organismo de Control: cuando es necesaria la actuación de un OCA, gestionamos la inspección inicial.

Inspecciones periódicas

Tipo de instalaciónInspección B (intermedia)Inspección C (mayor)
Aire comprimido categoría ICada 6 añosCada 12 años
Aire comprimido categoría IICada 4 añosCada 8 años
Aire comprimido categoría III-IVCada 2-3 añosCada 6 años

Plazos orientativos según ITC EP-1. Consultar caso particular según fluido, presión y volumen.

Sanciones por incumplimiento

La operación sin legalización de un aparato a presión incluido en el ámbito del RD 809/2021 está tipificada como infracción administrativa, con sanciones que pueden alcanzar varios miles de euros según gravedad. Más grave aún es la pérdida de cobertura del seguro de la planta en caso de incidente con un equipo no legalizado.

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Preguntas frecuentes

Resolvemos sus dudas

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¿Mi compresor antiguo necesita legalización si nunca se hizo?

Si el producto PS·V supera el umbral de la ITC y la instalación es operativa, sí. La legalización extemporánea es viable y la asistimos: requiere certificación del estado actual y, en algunos casos, la actuación de un OCA.

¿Quién puede firmar la memoria técnica?

Un técnico competente colegiado: ingeniero industrial, ingeniero técnico industrial o ingeniero mecánico, con experiencia en aparatos a presión. Nuestra empresa cuenta con técnicos competentes que firman directamente las memorias.

¿Cuánto tarda la tramitación completa?

La preparación documental: 2-4 semanas. La resolución administrativa de la Consejería: variable según carga del registro, habitualmente entre 4 y 12 semanas. El total ronda los 2 meses.

Contacto

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